Legalidad…. ¿Podemos?

Simón | 07/07/08

Deberán excusarme por titular con la expresión utilizada por el medio televisivo, pero aun en la resaca de tal éxito, a uno se le queda grabada en la mente, lo profundo de aquella afirmación (posteriormente confirmada) y que en el caso que nos va a ocupar sigue siendo esa “perpetua” interrogante. Esperemos que en nuestro caso, para nuestra afición y pasión, consigamos que la interrogante se convierta también en afirmación. SERE PRUDENTE EN MIS CONCLUSIONES pues no estudie derecho y no puedo afirmar como absolutas las conclusiones que escribo sobre las diferentes leyes.

Me gusta el poker (no voy a descubrir aquí nada de el) y me gusta practicarlo. Quiero aprender, quiero evolucionar como aquel competidor en cualquier disciplina y como yo, hay mas gente, mas amigos, y si para poder practicarlo juntos, hay que montar un club se monta. Si hay que cumplir la ley se cumple. No queremos una imagen del poker ilegal, queremos cambiar eso, pero se antoja difícil, encontrar el hueco legal. Me he limitado en los últimos días a tirar del hilo de lana hasta ver si llego al fin del rollo ;) no se donde terminare, pero espero encontrar algunas respuestas y como no, seguro aparecerán más interrogantes.

Vaya desde aquí mi solidaridad y apoyo para las personas afectadas de los últimos acontecimientos en Barcelona, Asturias y Valladolid, Estos operativos, dignos del mas ridículo “ozoresiano”, han escandalizado a la comunidad pokeristica. La han puesto en guardia, y espero, que como herida en batalla, sepa alcanzar el camino para su revancha y victoria final.

He aquí algunas de las interrogantes sobre la legalidad de la práctica del poker en vivo en España, preguntas que nos surgen a todos los que lo practicamos:

¿Es Ilegal? ¿Podemos practicarlo?

Seguro que no descubro nada si respondo SI, por la carta magna, pero con matices. Aquí es donde entran las diferentes leyes del juego de cada comunidad autónoma, que al tener las competencias en materia de juego, establece la ley y el catalogo de juegos en su territorio. Ya tenemos 2 textos a estudiar para ver que dicen y en que nos afectan. Hablare principalmente del caso que más he estudiado, Euskadi. Tras hablar con Asturpoker (¡Animo Deny!) y comentar la noticia, en la posterior reflexión para escribir estas líneas, me he encontrado con un milagroso y genial artículo en el último numero la revista digital de los Pelayos. (http://lospelayospoker.com/upload/File/revista/revista-n08-julio2008.pdf) Escrito por Tano, socio del reciente inaugurado Club Deportivo de Poker de Sevilla, (¡Que Grande Tano! ¡Vaya fichaje que tenéis en el club!! Jejeje) el articulo es de obligada lectura y espero que os aclare u os conduzca igual que me ha hecho a mi, sobre esos textos, y el marco legal de vuestra comunidad.

Al tema, que me desvío, la Ley del juego en Euskadi, (http://www.euskadi.net/bopv2/datos/1991/11/9103561a.pdf) la jodia es del 91 dice… (Echarle un ojo, al de vuestra comunidad a ver que dice.)

Articulo 1.2. Quedan excluidos del ámbito de la presente Ley los juegos o competiciones de puro pasatiempo o recreo constitutivos de usos sociales de carácter tradicional, familiar, o amistoso, siempre que los jugadores o personas ajenas a estos no hagan de ellos objeto de explotación lucrativa.

Que cada uno la lea, y me diga. Hemos leído las definiciones de recreo, pasatiempo, social, y amistoso….Esta ultima, no figura p.e. en la ley de Andalucía, pero allí, nos recuerda Tano, incluye que las partidas puedan ser con cantidades de “escasa importancia”. Por tanto acogiéndonos a ese punto, entiendo (que me corrijan por favor!! :) que en Euskadi podríamos, pero manteniendo el carácter no lucrativo. Echo de menos aqui lo de “escasa importancia”  :P

Si no entramos dentro de la exclusiones, nos tenemos que aplicar el Catalogo de Juegos (http://www.interior.ejgv.euskadi.net/r42-6521/es/contenidos/informacion/catalogo_de_juegos) … a diferencia del caso de Asturias y de Andalucía, en el de Euskadi, (yo me quedaba con el de Andalucía),  si figuran 4 variedades de Poker, dejando claro eso si, que a exclusiva competencia de los casinos: Poker sin descarte., Poker sintético, Pai Gow Poker o Poker chino y Seven Card Stud Poker. Tanto de ellos como del resto de juegos de la lista dice algo curioso en la disposición adicional segunda… Se considerará que no existe actividad de juego cuando la suma de las apuestas, envites o transferencias dinerarias no excedan del importe del salario mínimo interprofesional mensual y no haya habitualidad en el desarrollo de la misma.

No tenemos “escasas importancias” :P pero podemos sumar en apuestas el salario mínimo (600€) si no hay habitualidad. (Dice la RAE de ello…. Cualidad de habitual). ¿Podemos jugar al poker, no? Según lo que dicen, mientras no se alcance esa cantidad habitualmente podemos.

Ya no se si es lo que yo quiero entender pero por favor que alguien me lo termine de explicar. Que me están mareando!! Porque, si aparece en nuestro club una brigada, entera o no, del juego, y le cuento estos los artículos de la ley del juego y su catalogo, me da que me va a decir que el tiene que cumplir su trabajo y que precinta el club, que luego ante la multa a los responsables, si es que la hubiere, ya podremos presentar su recurso por la vía tal y tal……ya, ya, menuda vía esa…:(  
Aunque mirándolo por otro lado puede que esa sea la vacuna que nos comentaba el gran Maestro Gonzalo en su artículo tras la actuación en Barcelona.  (http://lospelayospoker.com/es/noticias/27-la-columna-de-gonzalo/413-el-asalto-de-barcelona.html)  Sinceramente no se que pensar, creo que prefiero el catalogo de juegos como en Andalucía, como nos comenta Tano, el poker es “libre” porque no esta en la lista. En Asturias no lo he contrastado pero Deny me dijo que no figuraba tampoco. 

¿Podemos apostar dinero? Si es así, ¿donde esta el limite?

El catalogo a dicho que no pase la suma de apuestas salario mínimo (600€), por lo tanto si no he leído mal, podemos. Y en el caso de que se considere excluido de la ley del juego por los casos arriba mencionados, la diferencia la marca el carácter lucrativo o no del juego. (Lucrativo: Que produce utilidad y ganancia) Si la RAE es quien diferencia el lucro o no, me parece que no podemos apostar 1€, pero ¿la Administración aplica la acepción de la RAE?. ¿Qué hay de las “escasas importancias” en Euskadi.

¿Puede una Asociación de Poker, sin animo de lucro, organizar partidas entre sus socios?

Las Asociaciones se rigen por la ley con el mismo nombre, si la cumplen, son Asociaciones legales. Pero en uno de los puntos del acta fundacional de la Asociación, deja claro que el texto de los estatutos no te exime del cumplimiento de las demás leyes (en este caso las del juego) que puedan incumplir fines u objetivos. Así que nos centramos en lo que hemos leído en los 2 textos. Creo que no descubro nada, pero ahí va! …..si no hay animo de lucro como asociación, y nos acogemos a la exclusión del ámbito de la ley del juego (como recreo/amistoso) también podríamos organizarlas, siempre que no haya lucro. Pero ojo que esta es mejor, como hemos leído antes, si incluyen nuestras partidas bajo la ley del juego y nos aplican el catalogo nos podemos jugar el salario mínimo porque no se aplica el carácter de juego…. Pero ojo con la habitualidad…..(Vaya lio, jejeje, pero no esta mal, algo es algo XD )
Esto creo que lo veo claro, pero repito no soy abogado, esto me pilla de paso…ojala los acontecimientos y las aportaciones a este post de la comunidad permitan que estos claroscuros, se vayan despejando….además cada comunidad Autónoma tendrá su particularidad.

En este sentido a la A.E.P.D. me gustaría preguntarles si, ¿trabajaran con las diferentes comunidades Autónomas (en Materia de Deporte y/o Juegos y Espectáculos), o bien, se limitara su ámbito a nivel nacional y por tanto con la Administración central? Me comentaban un ejemplo unos amigos, sobre la Federación Vasca de Surf. A raíz de su creación y participación en eventos internacionales, se creo a posterior la Federación Española de Surf, abriendo el camino a otras posibles federaciones de otras comunidades. Todo un ejemplo, pero claro, si ya es un deporte.

Espero pronto ponerme en contacto con la A.E.P.D, para trasladarles estas cuestiones. Desde aquí un Saludo y mis felicitaciones por su iniciativa, esperamos y deseamos sus logros.

A las Asociaciones y sus socios, nos quedaría otra vía Administrativa, pelear en las respectivas comunidades, para que se declare el poker como juego de estrategia-habilidad y se le desvincule de alguna manera del juego de azar que es ahora y nos permita practicarlo libremente.  Cuanto menos que tengamos esa certeza.  Queremos tenerla. Así que, a ver que comunidad es la primera en solicitar al Dpto. del Juego de la comunidad correspondiente tal reconocimiento, para escalar hasta el supremo, si la cosa se tuerce....y eso cuesta mucho dinero me temo ;) (...aunque puestos a pensar como dice el otro…. Paaaaatxi!! Será por dinero!!)

Los jugadores queremos poder evolucionar y crecer como jugadores competitivos que somos, aprender, compartir y desarrollarnos dentro de este juego. No queremos que nos den manga ancha, ni luz verde para montar casinos ilegales, queremos tener un club legal, bien habilitado y suficientemente seguro para poder practicar nuestra afición y deporte, queremos huir de los torneos mediocres y sus rakes abusivos en casinos que han mejorado pero todavía les queda recorrido, sobre todo a algunos.

Siento haberme extendido demasiado, pero para ir hacia donde queremos ir, queda mucho trabajo por delante y el final no esta escrito…… ¿Podemos? :D

KiKETXU

(Socio de J.A.P.E - Asociación de Jugadores Amateur de Poker de Euskadi- y socio fundador del Donosti Poker Club,-sede oficial de JAPE-)

P.D.  Toda aportación, corrección o ayuda al tema es positiva y se agradece.

Gracias Tano y Simón, por ayudarme a encontrar algo de luz en el túnel...

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