Ley del Juego

Ceremonia de la confusión: el Casino Aljarafe de Sevilla practicará retenciones en los premios de torneos

Jairo Moreno | 03/05/13
¿Están obligados los casinos a practicar retenciones en los premios de los torneos de poker? Ni sí, ni no, sino todo lo contrario; esa parece ser la respuesta.

Una imagen con un anuncio singular se ve desde hace unos días en el Gran Casino Aljarafe de Sevilla. Pasamos a reproducirlo en texto.

Aviso importante

Ponemos en conocimiento de nuestra estimada clientela que, debido a la nueva normativa tributaria, nos vemos obligados, a partir del próximo jueves 2 de mayo, a efectuar la correspondiente retención sobre los premios obtenidos en los Torneos de Póquer que se celebren en nuestras instalaciones, e ingresar dicha cantidades en la Agencia Tributaria.

Las retenciones a aplicar son del 21% sobre cualquier premio superior a 300 euros.

Igualmente, les comunicamos que anualmente se facilitará a los Sres. Clientes que lo deseen, certificados de las cantidades que a lo largo del año hayan satisfecho en concepto de inscripciones, recompras y add-on, al objeto de que puedan deducirlas de los premios obtenidos en su correspondiente declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Claro y meridiano.

Nos hemos puesto en contacto con el Gran Casino Aljarafe con el objeto de recabar más información al respecto pero, no encontrándose su director de comunicación en las instalaciones, nos han remitido al lunes para hablar con él.

Otros casinos con los que hemos contactado han mostrado su sorpresay han declarado no tener constancia de esta supuesta “nueva normativa tributaria” sobre retenciones de IRPF en premios de torneos de poker.

Que nos conste, únicamente el Casino de Mallorca realiza retenciones similares desde hace un tiempo, como así hace constar en su normativa de torneos.

12. Se efectuarán las retenciones de IRPF establecidas por la ley sobre los premios. 

No queda muy claro a qué se refieren con “ley de premios” ya que ninguna normativa responde a esa denominación.

Pensamos que tanto el Casino de Mallorca como ahora el Gran Casino Aljarafe no han comenzado a practicar estas retenciones de motu proprio, si no que probablemente habrán seguido las directrices que les han marcado sus respectivas oficinas de Agencia Tributaria y sus gabinetes legales. Esperamos poder aclarar este punto la próxima semana.

Lo que está claro es que, a día de hoy, la mayoría de casinos españoles no practica retención alguna sobre los premios en torneos por lo que estamos ante una evidente ceremonia de la confusión muy probablemente propiciada por una disparidad de criterios dentro de la propia Agencia Tributaria o de la distinta cesión de tributos a las Comunidades Autónomas.

A este respecto Real Decreto 439/2007 por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas concluye lo siguiente.

3. No existirá obligación de practicar retención o ingreso a cuenta sobre las rentas siguientes:

f) Los premios que se entreguen como consecuencia de juegos organizados al amparo de lo previsto en el Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar y apuestas, y demás normativa estatal y autonómica sobre el juego, así como aquellos cuya base de retención no sea superior a 300 euros.

Intentaremos seguir recabando información que permita de desenmarañar esta cuestión.

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