Legal

Portugal envía a la Comisión el texto de su nueva Ley del Juego

Antonio Romero | 09/09/14
El proyecto está ya a nuestra disposición, y sigue los parámetros de protección del consumidor y de control de la actividad de los jugadores comunes al resto de países europeos.

Estos días ha salido a la luz pública el texto de la nueva Ley de Juego de Portugal que las autoridades lusas han enviado a la Comisión Europea para que esta dé el visto bueno a la nueva regulación.

Ponemos a tu disposición la copia que el forero “suripanto” colgaba en nuestro foro, alojada en el servidor de Sector del Juego. Como ya se sabía, El órgano regulador será de nueva creación, y dependerá de Turismo de Portugal I.P.

Hay que decir que pese a las restricciones en el acceso a los portales web de las salas, que deben realizarse a través de dominios “.pt”, los compañeros portugueses a los que hemos consultado son muy optimistas de cara a que el de Portugal sea un mercado abierto, con el mismo formato que, por ejemplo, Estonia. 

Al respecto de la fiscalidad del jugador, de la que se rumorea que será similar a la del Reino Unido, aún no tenemos confirmación.

Estas son las líneas maestras de la ley portuguesa en lo que se refiere a la relación entre el operador y el cliente y en lo relativo al acceso a Internet para desarrollar los juegos online.

Requisitos de los operadores

Pueden solicitar licencia aquellas sociedades anónimas o equivalente con sede en un Estado de la Unión Europea, o en un estado firmante del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, aunque en caso de ser extranjeras deben tener filial en Portugal.

Los solicitantes de licencia deben tener un capital social mínimo de 250.000€ y depositar una fianza de 500.000€ como garantía del pago de los saldos de los jugadores y otra de 100.000€ como garantía del pago del Impuesto Especial sobre el Juego Online. Esta fianza será revisada cada año fiscal para elevarla a una cantidad equivalente un porcentaje de entre el 60% y el 90% del saldo medio semestral de las cuentas de los jugadores.

Obligaciones de los operadores:

  • Instalar un sitio web específico, con dominio “.pt”, para la explotación a través de Internet de juegos y apuestas online.
  • Redireccionar a ese sitio web todas las conexiones y comunicaciones que se realicen desde lugares situados en territorio portugués, o que hagan uso de cuentas de jugadores registrados en Portugal.
  • El acceso a Internet se debe establecer a través de la estructura de entrada de registro* definida a continuación y, desde ella, se debe reportar en tiempo real toda la actividad de juegos y apuestas online a una infraestructura de control**, propiedad de la entidad reguladora.

*Infraestructura de entrada de registro: infraestructura técnica donde reside el dominio “.pt”, donde son procesadas y realizadas todas las operaciones y transacciones efectuadas y a la cual deben ser redireccionadas todas las actividades de juego con vista a su registro y control.

**Infraestructura de control: infraestructura para registro, en tiempo real, de la totalidad de operaciones y transacciones relativas a los juegos y apuestas online, dispuestos por la entidad explotadora, destinada a garantizar un control permanente de la actividad por parte de la entidad.

Registro de cuentas y transacciones económicas con los clientes

En el registro del jugador deben figurar todos los datos identificativos y los datos de una cuenta bancaria donde serán cargados los pagos y acreditados los premios. El nombre del titular de la cuenta de juego y de la bancaria deben ser el mismo. Los medios de pago admitidos son la transferencia bancaria, las tarjetas y los servicios de pago, estos últimos cuando el montante es inferior a 2.000€.

Los operadores deben efectuar los pagos a los jugadores a través de una cuenta bancaria de una institución de crédito autorizada a ejercer actividad bancaria en territorio portugués.

No se permiten las transferencias entre cuentas de jugadores. 

 

 

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