Lolll..

10 respuestas
08/02/2008 11:42
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Cogido de PKPQ

"Una reciente actualización de software en Betfair Poker propició un fallo en el sistema por el cual todos los jugadores participantes en Sit&Gos de seis jugadores si realizaban un all in en la primera mano eran premiados automáticamente.

El ganador de la mano recibía el primer premio habitual y el resto de jugadores recibía el monto correspondiente al segundo premio. Al percatarse de este error en el sistema varios jugadores comenzaron a registrarse en los S&Gs de 1.000$ de inscripción.

Según informa el diario británico Telegraph, Betfair está reclamando a cerca de 20 jugadores la devolución de más de 100.000£ (unos 135.000€) advirtiéndoles de que, en caso de negativa, emprenderán acciones legales"

Hasta que punto podrian reclamarles legalemente?? El problema ha sido suyo no?. Vaya cagadon mas grande :p.

08/02/2008 11:54
Re: Lolll..

No pueden hacer nada. Lo único cerrarles su cuenta y que no les dejen jugar mas alli.

EJEMPLO: Tu vas al banco con un cheque de 3.000 euros y te dan 30.000. No pueden exigir que lo devuelvas ya que el fallo a sido suyo y no tuyo, pero lo único que conseguirán es poder cerrarte la cuenta del banco y despedir al empelado. Ya que tu te pudes negar diciendo que ese diciendo es tuyo o que no sabes nada.

Saludos.

PD: Al menos en España.

08/02/2008 12:41
Re: Lolll..

jajaja menuda cagada de berfair xD

08/02/2008 12:45
Re: Lolll..

Serpoker;109173 escribió:
No pueden hacer nada. Lo único cerrarles su cuenta y que no les dejen jugar mas alli.



EJEMPLO: Tu vas al banco con un cheque de 3.000 euros y te dan 30.000. No pueden exigir que lo devuelvas ya que el fallo a sido suyo y no tuyo, pero lo único que conseguirán es poder cerrarte la cuenta del banco y despedir al empelado. Ya que tu te pudes negar diciendo que ese diciendo es tuyo o que no sabes nada.



Saludos.



PD: Al menos en España.





En el caso de Betfair no tengo ni idea si podrán emprender acciones legales para reclamarlo (imagino que si).

En el caso del banco si se dan cuenta date por seguro que acabas devolviendo la pasta, bien a petición del banco bien a petición del juez. Ya se han dado casos y toca devolverlo (a no ser que te declares insolvente porque alegues que te lo has gastado en algo sin factura, por ejemplo en putas.)

08/02/2008 12:51
Re: Lolll..

si se lo regalas alguien o lo escondes listo! dinero negro desaparecido. Hombre si tienes una cuenta en el mismo banco te lo quitan de tu otra cuenta xD.

Sea lo que sea dudo mucho que la sala de apuestas gane, pero lo del banco suele ser mas que otra cosa que te pueden decir lo que hiciese y la próxima vez en otro banco te pongan mala cara.

pase lo que pase ¿tu que harías?

Saludos.

Pd: puede ser que me equivoque pero lo tenia entendido así.

PD2: Saludos xD.

08/02/2008 13:59
Re: Lolll..

Yo opino que si la persona que juega esos Sits no quiere devolver los $$$ no pueden hacerles nada.

Os pondré un ejmplo que pasó en un bar un día que me estaba tomando unas cervecitas. Una persona introdujo dinero en una máquina tragaperras y esta le dio el premio, pero no le dio el premio máximo que da la máquina, si no que le dio bastante mas. El propietario del bar le dijo a esta persona que parte del premio debia devolverla ya que el premio que le habia tocado era superior al estipulado por la máquina.El afortunado se negó rotundamente y el propietario del bar llamó a la guardia civil. Se presentaron en el bar y los guardia civiles le dieron la razón al individuo premiado por la máquina alegando que habia 2 cajones en esa máquina uno para premios y otro para ganancias y que el dinero que les habia tocado no influia en los benefecios del propietario de esa máquina.

Resumiendo que solo devolvera el dinero de los sit & go aquellos que no conozcan las normativas y por miedo a ser denunciados. Yo no devolveria ni un $ y me iria a jugar a otra sala.



PD:Supongo que ya está solucionado verdad?

08/02/2008 14:11
Re: Lolll..

Serpoker;109173 escribió:
No pueden hacer nada. Lo único cerrarles su cuenta y que no les dejen jugar mas alli.



EJEMPLO: Tu vas al banco con un cheque de 3.000 euros y te dan 30.000. No pueden exigir que lo devuelvas ya que el fallo a sido suyo y no tuyo, pero lo único que conseguirán es poder cerrarte la cuenta del banco y despedir al empelado. Ya que tu te pudes negar diciendo que ese diciendo es tuyo o que no sabes nada.



Saludos.



PD: Al menos en España.





Cuidado con decir cosas o dar consejos si no se sabe de lo que se esta hablando:



España:

Le juzgan por gastar 11.178 euros que el banco le ingresó por error - 20minutos.es



Reino Unido:

Bank blunder woman in £135,000 spree | Metro.co.uk

08/02/2008 14:31
Re: Lolll..

si pero lo de aquí de España era un ingreso. Vale pero lo que no has puesto como acabo el caso. Dudo mucho que le condenaran a prisión. Como mucho a devolverlo, es como lo terrorista 350 años de cárcel y salen en 10 XD. Vaya mierda de justicia que tenemos y yo quiero ser policía madre mía XD.

Saludos.

08/02/2008 14:41
Re: Lolll..

Serpoker;109233 escribió:
si pero lo de aquí de España era un ingreso. Vale pero lo que no has puesto como acabo el caso. Dudo mucho que le condenaran a prisión. Como mucho a devolverlo, es como lo terrorista 350 años de cárcel y salen en 10 XD. Vaya mierda de justicia que tenemos y yo quiero ser policía madre mía XD.



Saludos.





¿Pero que coño le pasa a la gente de este foro ultimamente que solo hace que hablar por hablar incluso cuando les haces ver que no tienen razon?



Condenado a dos años de cárcel por quedarse 11.000 euros que le ingresó el banco por error | elmundo.es



Puede que la justicia sea una mierda, en eso estoy de acuerdo contigo y ademas yo lo he vivido en primera persona(que la justicia sea una mierda, no que me condenaran por gastar dinero que no sea mio), pero es la que tenemos y hay que acatarla o ya sabes donde acabas.

08/02/2008 14:59
Re: Lolll..

Pues nada lo devuelves y listo. Pero lo de la sala de poquer no se como acabaría.

Me quito el sombrero tu tenias razón, pero puede que haya mas casos que no acaben igual.

Sobre el tema hay muchos comentarios y casi todo el mundo se lo quedaría. XD

Pero bueno en el código penal se califica como sustracciones de fondos desconocidos. Penado con mas de 10 años de cárcel.

Saludos.

Saludos.

08/02/2008 15:01
Re: Lolll..

Te adjunto esto para darte la razon.

código civil:

Artículo 1895

Cuando se recibe alguna cosa que no había derecho a cobrar, y que por error ha sido indebidamente entregada, surge la obligación de restituir la.



Artículo 1896

El que acepta un pago indebido, si hubiera procedido de mala fe, deberá abonar el interés legal cuando se trate de capitales, o los frutos percibidos o debidos percibir cuándo la cosa recibida los produjere.

Además responderá de los menoscabos que la cosa haya sufrido por cualquier causa, y de los perjuicios que se irrogaren al que la entregó, hasta que la recobre. No se prestará el caso fortuito cuando hubiese podido afectar del mismo modo a las cosas hallándose en poder del que las entregó.



Artículo 1897

El que de buena fe hubiera aceptado un pago indebido de cosa cierta y determinada, sólo responderá de las desmejoras o pérdidas de ésta y de sus accesiones, en cuanto por ellas se hubiese enriquecido. Si la hubiese enajenado, restituirá el precio o cederá la acción para hacerlo efectivo.



Artículo 1898

En cuanto al abono de mejoras y gastos hechos por el que indebidamente recibió la cosa, se estará a lo dispuesto en el título 5. del libro segundo.



Artículo 1899

Queda exento de la obligación de restituir el que, creyendo de buena fe que se hacía el pago por cuenta de un crédito legítimo y subsistente, hubiese inutilizado el título, o dejado prescribir la acción, o abandonado las prendas, o cancelado las garantías de su derecho. El que pagó indebidamente sólo podrá dirigirse contra el verdadero deudor o los fiadores respecto de los cuales la acción es tuviese viva.



Artículo 1900

La prueba del pago incumbe al que pretende haberlo hecho. También corre a su cargo la del error con que lo realizó, a menos que el demandado negare haber recibido la cosa que se le reclame. En este caso, justificada por el demandante la entrega, queda relevado de toda otra prueba. Esto no limita el derecho del demandado para acreditar que le era debido lo que se supone que recibió.



Artículo 1901

Se presume que hubo error en el pago cuando se entregó cosa que nunca se debió o que ya estaba pagada; pero aquel a quien se pida la devolución puede probar que la entrega se hizo a título de liberalidad o por otra causa justa.



Respecto al plazo de prescripción este seria de 6 años en base al articulo 1955 del código civil q nos dice:

Artículo 1955

El dominio de los bienes muebles se prescribe por la posesión no interrumpida de tres años con buena fe.

También se prescribe el dominio de las cosas muebles por la posesión no interrumpida de seis años, sin necesidad de ninguna otra condición.

En cuanto al derecho del dueño para reivindicar la cosa mueble perdida o de que hubiese sido privado ilegalmente, así como respecto a las adquiridas en venta pública, en Bolsa, feria o mercado, o de comerciante legalmente establecido y dedicado habitualmente al tráfico de objetos análogos, se estará a lo dispuesto en el artículo 464 de este Código.

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