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México prepara su ley de juego

Jairo Moreno | 03/05/13
México prepara su ley de juego
Un proyecto de ley federal muy restrictivo para los operadores ya está en la Cámara de Senadores.

México ha emprendido el proceso legislativo que deberá desembocar en una Ley Federal de Juegos que regulará casi todas las modalidades, ya sean presenciales o telemáticas. La senadora María Verónica Martínez Espinoza, del Partido Revolucionario Institucional actualmente en el gobierno, presentó a la cámara el 26 de abril el proyecto de ley que ahora inicia su tramitación.

La ley de juegos del país data del año 1947 y, aunque trató de reglamentarse en 2004, la realidad es que el juego es un sector que presenta múltiples problemas, en muchos casos ilegal, y controlado por el crimen organizado, con resultados trágicos como la muerte de 52 personas en el ataque al Casino Royale de Monterrey en 2011 cuando un grupo armado causó un incendio intencionado en el marco de las guerras por el control del juego.

Entrando ya en materia del proyecto, el apartado de concesión de licencias se presenta enormemente restrictivo para los operadores que solo podrán conseguirla para operar en Internet los que posean una licencia de “centro de juego con apuestas”; es decir, los casinos y locales de juego presencial.

Artículo 39. Sólo los licenciatarios que hayan obtenido licencia para centro de juego con apuestas y tengan un establecimiento efectivo y en operación dentro del territorio nacional, serán los únicos autorizados para realizar las operaciones a que se refiere este capítulo [apuestas en línea], de acuerdo con sus respectivas autorizaciones y las disposiciones reglamentarias aplicables.

Artículo 42. Quien no posea una licencia para la explotación y comercialización de un centro de juego con apuestas expedida por la Comisión no tendrá derecho a establecer un sitio web para la oferta de juegos específicos, ni podrá ofertarlos en forma alguna a través de Internet.

 

Si bien, se deja abierta la puerta a la prestación de servicios por parte de operadores a empresas con licencia previa autorización.

Artículo 80. Cuando un licenciatario desee realizar las actividades señaladas en el artículo 76 en consorcio o sociedad con un operador mediante algún tipo de asociación o contrato de prestación de servicios, o de cualesquier otra naturaleza análoga, deberá solicitar autorización a la

Comisión.

 

La publicidad del juego aparece también seriamente restringida en el proyecto.

Artículo 12. Queda prohibida la publicidad o promoción fuera de los centros de juego con apuesta, bajo cualquier forma y por cualquier medio de comunicación cuando a través de ella se incite directamente a la apuesta.

 

Artículo 13. Cualquier tipo de publicidad o promoción vinculada con centros de juego de apuesta, será supervisada por la Comisión, particularmente la emitida en medios masivos de comunicación que se realice fuera de los centros de juego.

Artículo 18. Queda estrictamente prohibida la comunicación comercial el línea mediante anuncios (banners) y ventanas emergentes colocadas en sitios no dedicados al juego que inciten explícitamente a la apuesta.

 

Como ocurre en la ley española, los servidores y la Unidad Central de Juegos de los operadores deberán encontrarse ubicados en territorio mexicano y será accesible por la Comisión Nacional del Juego, el organismo que se creará para regular el sector, por lo que los mecanismos de control serán máximos.

Artículo 66. La Comisión podrá ingresar a cualquier parte del sitio, inspeccionar, medir, probar, fotografiar, filmar y/o copiar cualquier parte del mismo o cualquier cosa que en él se encuentre, o decomisar todo o parte delmismo con fines de prueba; también podrá duplicar cualquier documento o registro y acceder electrónicamente a cualquier zona del sistema o del software utilizado para gestionar el juego de que se trate, con estrictos fines de control y sin menoscabo del servicio.

 

En el proyecto no se menciona en ningún momento cuestiones relativas a la liquidez nacional o internacional y los reglamentos de cada modalidad se desarrollarán una vez que se apruebe la ley federal que ahora comienza su camino en las cortes.

Seguiremos atentos a las informaciones sobre la futura ley mexicana.

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